El Baremo de accidente 2020 es el sistema por el cual se valoran los daños que hemos sufrido en un accidente de tráfico, así como los perjuicios sufridos tanto personales como materiales.
A partir de los años 90 aprobó un primer Baremo que depende directamente del Ministerio de Economía y Competitividad y con el tiempo se ha ido mejorando e incluyendo los diferentes daños, así como unas indemnizaciones acordes con los accidentes.
En 2015 se aprobó la Ley definitiva por la que se reformó el sistema de valoración al que tenemos actualmente, tanto los daños personales como los daños materiales, la secuelas y perjuicios.
La normativa empleada para calcular las indemnizaciones por accidente de tráfico, así como las tablas de valoración de secuelas, se basa en el Baremo de accidentes de tráfico, el cual se actualiza anualmente mediante publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Esto significa que las cantidades indemnizatorias por día de incapacidad temporal derivadas de cualquier accidente de tráfico están recogidas en el baremo de tráfico, el cual incluye también la tabla de secuelas y se revisa cada año para adaptarse a las nuevas condiciones económicas.
Por otro lado, el artículo 49 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor (LRCSCVM) establece que la actualización de las cuantías en las tablas de indemnización debe realizarse tomando como referencia el índice de revalorización de las pensiones.
No obstante, el mismo artículo aclara que ciertos conceptos, por su naturaleza, se actualizan de manera distinta. En concreto:
Aunque el baremo se actualiza anualmente conforme al índice de pensiones, determinadas partidas específicas como el lucro cesante, la ayuda de tercera persona o los gastos sanitarios futuros se revisan aplicando criterios actuariales o convenios específicos, lo cual queda reflejado en las correspondientes tablas de indemnización por accidentes de tráfico.
Como hemos visto anteriormente, la tabla de indemnización cambió con la Ley 35/2015, la cual regula, por ejemplo, la cuota diaria por accidente de tráfico, entre otros. Es importante tener en cuenta ciertos aspectos que se mejoraron con la modificación. Es importante saber que esta tabla de indemnización por accidente de tráfico es válida para siniestros acaecidos a partir del 1 de enero de 2016.
Este renovado sistema, plasmado en un extenso documento de 507 páginas, difiere en envergadura y complejidad respecto a su precursor de 1995. No obstante, se erige con una estructura más límpida y bien ordenada, propiciando un manejo más eficiente.
Uno de los cambios fundamentales radica en la incorporación de una gama más amplia de afectados. Ahora se incluyen allegados y hermanos, entre otros, como individuos susceptibles de recibir consideración ante tales contingencias.
Se erige como rasgo distintivo un marcado aumento en las indemnizaciones en casos de defunciones derivadas de accidentes y en situaciones de lesiones de gravedad. Este punto refuerza el compromiso de atenuar las repercusiones más severas de estos acontecimientos.
Una de las facetas más detalladas de este marco normativo es la meticulosa definición de cómo calcular el lucro cesante en diferentes escenarios. Se abarcan diversas circunstancias, desde la víctima empleada hasta aquella desempleada, así como quien carece de acceso al mercado laboral o se dedica a labores domésticas
La metodología para solicitar compensaciones como perjudicado ha sido sometida a una estructuración sistemática, acompañada de pautas sobre cómo las aseguradoras deben canalizar estas solicitudes. Esto agrega una capa de eficiencia y claridad al proceso.
Se han establecido criterios tangibles para la actualización de los montos y límites indemnizatorios, todos ellos detallados en tablas específicas. La tarea de mantener actualizadas estas tablas corresponde a la Dirección General de Seguros, tal como se anunció en la RESOLUCIÓN 02 02 2021 DGS ACTUALIZACION CUANTIAS INDEMNIZATORIAS de 2020. Cabe resaltar que las tablas aplicables al año 2021 han sido objeto de revisión (2020 TABLAS INDEMNIZATORIAS), con excepción de las concernientes al lucro cesante y a la asistencia de terceros, cuya actualización sigue parámetros técnicos actuariales. La última actualización se materializó en el año 2020 (2020 SMI TABLAS INDEMNIZATORIAS 2C3 2C7 Y 2C8).
Una de las dimensiones prospectivas contempla la formación de una Comisión de Seguimiento. Esta entidad reunirá a representantes de compañías aseguradoras y asociaciones de víctimas, configurando un espacio de colaboración y monitoreo.
Con fecha 30 de marzo de 2020, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones dictó resolución del Baremo de accidentes de 2020, por la que se hacían públicas la tabla de la indemnización actualizada del sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, acordando hacer públicas las tablas actualizadas en su sitio web. Así, el Baremo de accidentes de 2020 es el siguiente:
El Baremo de accidentes 2020 es el sistema por el que se plasma y se cuantifica las indemnizaciones por accidentes de tráfico, en las que se tienen en cuenta los daños personales y materiales, así como los perjuicios.
Dichos datos se plasman en las tablas de accidentes de tráfico, las cuales van variando cada año y las del año 2020 son para todos aquellos accidentes que ocurrieron en ese año.
Así que si hemos tenido un accidente de tráfico durante el año 2020 y queremos saber que nos corresponde de indemnización por todos los daños sufridos y todos los perjuicios sufridos.
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