Baremos de tráfico

 

El Baremo de tráfico: ¿Cuáles son?

 

¿Sabes cuánto te corresponde de indemnización por un accidente de tráfico? La respuesta no es tan sencilla como parece. Los baremos de tráfico son la herramienta que utilizan los expertos para calcular las indemnizaciones. Descubre en este post cómo funcionan estos baremos y qué debes tener en cuenta para reclamar lo que te pertenece.

 

¿Qué es el Baremo de tráfico?

 

El Baremo de Tráfico es el sistema de valoración de daños y perjuicios producidos a las personas en un accidente de tráfico. Es decir, que, para poder hablar de las indemnizaciones por accidente de tráfico, es necesario acudir al Baremo de Accidentes de Tráfico, el cual se publica de forma anual en el BOE.

 


El Baremo de Tráfico estandariza el cálculo de la indemnización que recibirá la víctima tras un siniestro. Así, el Baremo de Accidentes de Tráfico establece las cantidades a recibir por los afectados por incapacidad temporal o tiempo de curación y por incapacidad permanente o secuelas.

 


En el Baremo de Accidentes de Tráfico se encuentran todos los tipos de secuelas y lesiones que pueden ser valoradas e indemnizadas. De la misma manera, se menciona cada parte del cuerpo donde pueden presentarse los daños producidos en el siniestro. Asimismo, cabe indicar que para poder establecer una valoración de la cuantía en base con el Baremo de Accidentes de Tráfico se debe disponer de un informe médico.

 

 

“Para conocer con exactitud la lesión sufrida por la víctima del siniestro, y para establecer las indemnizaciones por accidente de tráfico según el Baremo de Tráfico, es necesario recibir atención médica dentro de las 72 horas siguientes al accidente.”

 

 

Evolución histórica del Baremo de accidentes de tráfico

 

A principios de la década de los 90, se enfrentaba una situación caótica en la valoración de daños corporales en accidentes de tráfico, caracterizada por:

 

  • La falta de criterios generales para valorar el daño corporal, con herramientas que no se utilizaban en esta área, como tablas AMA, Louis Mélennec, tablas de seguros obligatorios y baremos extranjeros.
  • Decisiones judiciales que fijaban indemnizaciones muy variables con criterios desiguales, lo que dificultaba la negociación entre aseguradoras y perjudicados, fomentando la litigiosidad y colapsando los tribunales.
  • Problemas de solvencia en las aseguradoras debido a la falta de pautas claras para calcular primas y reservas técnicas.

Esta situación llevó a la creación de un primer Baremo en la Orden Ministerial de 5 de marzo de 1991, aunque su carácter no vinculante y la resistencia a un Baremo vinculante limitaron su aplicación.

 

Desde aquel entonces, el Baremo de accidentes ha experimentado una evolución significativa, adaptándose a los cambios sociales, jurídicos y económicos. 

 

Por ejemplo, en los últimos años, se han implementado actualizaciones periódicas, como las que se realizaron en el Baremo de accidentes de 2020, el cual introdujo importantes novedades en la compensación por daños. 

 

Asimismo, en el Baremo de accidentes de 2021, se ajustaron algunos valores de indemnización para reflejar los cambios en la economía y el sistema judicial. Posteriormente, el Baremo de accidentes de 2022 continuó esta tendencia, introduciendo modificaciones en las cuantías de las indemnizaciones y otros aspectos relevantes. 

 

Finalmente, el Baremo de accidentes de 2023 ha consolidado algunas de estas reformas, asegurando que el sistema se mantenga actualizado y justo para todas las partes involucradas.

 

Cambios en los Baremos de tráfico

 

Cuatro años después, la Ley 30/1995 estableció que el sistema de valoración (Baremo) debía ser de cumplimiento obligatorio, marcando un cambio significativo. Sin embargo, la implementación fue compleja y hubo críticas por la exclusión de ciertos conceptos resarcibles y la asignación de cuantías reducidas. Algunos también cuestionaron su compatibilidad con la independencia judicial.

 


A pesar de la ley, hubo fallos judiciales en contra, como la Sentencia Tribunal Supremo 280/1997, de 26 de marzo. Sin embargo, la Sentencia Tribunal Constitucional 181/2000, de 29 de junio, confirmó la constitucionalidad del Baremo y su obligatoriedad.

 


El Baremo de 1995 sufrió cambios menores a lo largo del tiempo (Ley 34/2003, de 4 de noviembre / Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre - Texto Refundido), incluyendo la consideración del perjuicio estético.

 


Aunque el Baremo de 1995 brindó seguridad jurídica al fijar indemnizaciones de manera uniforme, presentó insuficiencias en la valoración de ciertos conceptos, como el lucro cesante, los daños patrimoniales y los gastos médicos futuros.

 


En 2010, se inició una reforma del Baremo liderada por la Dirección General de Seguros (Ministerio de Economía y Competitividad). Una Comisión de Expertos logró armonizar los intereses de aseguradoras y víctimas, resultando en la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, que reformó el sistema para valorar daños en accidentes de tráfico.

 

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Principios rectores del nuevo Baremo de secuelas

 

La Ley 35/2015 estableció principios clave para el nuevo Baremo:

 


Integridad en la reparación del daño, buscando la equiparación de la víctima a su estado previo al accidente.
Vertebración del daño, separando daños morales de daños patrimoniales y distinguiendo entre daño emergente y lucro cesante en estos últimos.
Uso de procedimientos transaccionales para agilizar la cuantificación de la indemnización.

Sistema tasado y cerrado para eliminar incertidumbres, reducir litigiosidad y promover resoluciones extrajudiciales

 

Estructura del Baremo de Accidentes de Tráfico

 

El Baremo de Accidentes de Tráfico tiene una estructura simple, dividida en indemnizaciones por lesiones temporales, lesiones permanentes o secuelas y muerte. En cada uno de los apartados del Baremo de Tráfico se establecen tres tipos de perjuicio.

 


El perjuicio personal básico es el primer apartado en que se divide el Baremo de Tráfico. Este perjuicio del Baremo de Accidentes de Tráfico hace referencia al daño moral común a todas las víctimas o perjudicados pertenecientes a una determinada clase.

 


Se trata de aquellos daños corporales sufridos desde el accidente hasta su curación y/o estabilización. Este tipo de perjuicio se equipará a una baja médica, pero no a una incapacidad temporal. Es decir, son daños que limitan el día a día, pero que permiten continuar con la vida laboral y personal.

 

El segundo perjuicio del Baremo de Accidentes de Tráfico es el perjuicio personal particular. Este apartado del Baremo de Tráfico se refiere al daño moral causado a cada víctima o perjudicado de acuerdo con su situación específica, ya sea social, familiar, personal o económica. Este tipo de perjuicio existe cuando el daño corporal sufrido por el accidente impide realizar temporalmente la actividad diaria. Este daño es indemnizable en:

 

 

  • Muy grave: El lesionado se encuentra en la unidad de cuidados intensivos.
     
  • Grave: El lesionado está hospitalizado.
     
  • Moderado: El lesionado se encuentra de baja laboral y cada día que transcurra en dicha situación, deberá ser pagado.

 


Por último, el Baremo de Tráfico identifica el perjuicio patrimonial. En este perjuicio, el Baremo de Accidentes de Tráfico incluye el lucro cesante y el daño emergente. El lucro cesante se trata de la disminución o pérdida de ingresos o la incapacidad de obtener ganancias. Mientras, el daño emergente consiste en los gastos ocasionados por el accidente.

 

Estructura del nuevo Baremo de accidentes de tráfico (Ley 35/2015) El nuevo Baremo es más extenso y complejo que el de 1995, con 507 páginas, pero presenta una estructura más clara y organizada. Se divide en indemnizaciones por:

 

  • Muerte

     

  • Lesiones permanentes (Secuelas)
     
  • Lesiones temporales

 

En cada categoría, se distinguen tres tipos de perjuicios:

 

  • Perjuicios personales básicos (daño moral común).
     
  • Perjuicios personales particulares (daño moral individualizado).
     
  • Perjuicios patrimoniales (daño emergente y lucro cesante).

 

 

 

¿Dónde consultar Baremos de Accidentes de Tráfico?

 

El Baremo de Tráfico se publica en el BOE. Es decir, para consultar las cuantías de las indemnizaciones actualizadas del sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, se puede recurrir al BOE. Asimismo, quedan publicados los Baremos de Accidentes de Tráfico de años anteriores, para poder realizar cualquier consulta.

 

El nuevo Baremo de secuelas se aplica a partir del 1 de enero de 2016 y es más completo, con incrementos significativos en indemnizaciones por fallecimiento y lesiones graves.

 

  • Introduce nuevas categorías de perjudicados, como allegados y hermanos.
     
  • Regula detalladamente el lucro cesante en diferentes situaciones, como víctimas trabajadoras, desempleadas y con tareas domésticas.
     
  • Sistematiza el procedimiento para solicitar indemnizaciones y establece criterios para la actualización de las cuantías.
     
  • Incluye una Comisión de Seguimiento con representación de aseguradoras y asociaciones de víctimas.

 

¿Cada cuánto se actualiza el Baremo de Tráfico?

 

La actualización del Baremo de Accidentes de Tráfico se produce de forma anual. Así, cuando se reclama el importe de la indemnización, se ha de aplicar la actualización del Baremo de Tráfico vigente ese mismo año, en vez de considerar la fecha del accidente o el día de estabilización de la lesión de la víctima.

 


En caso de que el proceso de reclamación se alargue considerablemente, se deben revisar los importes de Baremo de Accidentes de Tráfico de acuerdo con la fecha del acuerdo extrajudicial o resolución judicial, según sea el caso. Asimismo, cabe indicar que las actualizaciones del Baremo de Accidentes de Tráfico se realizan en base con el índice de revalorización de las pensiones.

 


Además, es importante señalar que la actualización del Baremo de Accidentes de Tráfico no se aplica a todos los conceptos. El artículo 49 de la LRCSCVM señala que:

 

 

“No obstante, las tablas de lucro cesante y de ayuda de tercera persona, por su naturaleza, se actualizan conforme a las bases técnicas actuariales. Asimismo, la tabla de gasto de asistencia sanitaria futura se actualiza, en su caso, de acuerdo con lo que se establezca en los convenios sanitarios que se suscriban con los servicios públicos de salud según lo establecido en el artículo 114, y teniendo en cuenta la variación de los costes soportados por los servicios sanitarios.”

 

Como hemos podido ver, el Baremo de secuelas es el sistema legal por el que se valoran los daños tanto materiales como personales sufridos en un accidente de tráfico.

 


Se compone por los daños personales básicos y particulares, es decir, las lesiones y los daños que hayamos tenido y los perjuicios patrimoniales, los daños materiales a consecuencia del accidente, así como la pérdida de los ingresos.

 


Los Baremos de accidentes de tráfico se actualizan cada año, fijando las cifras de cada tipo de lesión, día y perjuicio que vamos a cobrar. Normalmente, estas cifras van aumentando respeto al año anterior. 

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