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Despido estando de baja

31 mayo 2023

Despido durante baja médica


¿Puede producirse un despido estando de baja? Cuando se hace referencia a un despido estando de baja, hay que indicar una fecha, el 20 de febrero de 2020. Hasta ese momento, las empresas podían despedir a un trabajador que estuviera en baja médica reiterada durante periodos cortos de tiempo, pagándole la indemnización por despido objetivo. A partir de esa fecha, y tal como se recoge en el Real Decreto-ley 4/2020, se derogó el despido durante baja médica del artículo 52.d) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. 



El principal motivo por el que se produjo esta derogación del despido durante baja médica fue “erradicar la situación susceptible de generar discriminaciones, inseguridad jurídica e incumplimiento de las obligaciones derivadas de nuestra pertenencia a la Unión Europea”. Asimismo, con este marco legal se señala que puede efectuarse un despido durante baja una médica, pero no por el motivo de estar en dicha situación. 

Despido estando de baja

Despido estando de baja

Despido durante baja médica


Entonces, ¿puede producirse un despido estando de baja? La respuesta es sí, pero siempre que este esté justificado por uno de los motivos establecidos en el Estatuto de los Trabajadores (faltas de puntualidad, transgresión de la buena fe contractual, causas objetivas…) o bien en el convenio colectivo, pero no por el hecho de estar de baja. Es decir, a un trabajador se le puede hacer un despido estando de baja si hay otras razones que lo justifiquen, pero el motivo del despido no puede ser la propia baja, sino otro admitido por la ley.



Asimismo, cabe indicar que, si un trabajador logra demostrar se trata de despido durante baja una médica y el motivo ha sido la baja, podrá impugnarlo y llevar la causa ante la justicia. Además, con la Ley 15/2022 de igualdad de trato se amplía el concepto de enfermedad y se recoge la posibilidad de que cualquier despido en situación de incapacidad temporal sea declarado nulo. 



Así, en caso de producirse un despido durante una baja por causa justificada, el trabajador continuará recibiendo las prestaciones correspondientes hasta el alta médica. Por otra parte, le corresponderá el finiquito. Cuando se trata de un despido sin causa justificada, también continuará recibiendo las prestaciones, a lo que se agregará la indemnización por despido. Es decir, que, aunque se trate de un despido estando de baja, la empresa deberá seguir realizando los aportes a la Seguridad Social hasta el alta médica. Sin embargo, las condiciones dependerán de qué tipo de baja se trate, por enfermedad común o por accidente laboral o enfermedad profesional.

Despido estando de baja

Prestaciones: Despido estando de baja por enfermedad común

Prestaciones: Baja por depresión despido


Como se ha comentado, las condiciones dependen de qué tipo de baja se trate. Puede tratarse de un despido, estando de baja por enfermedad común, por accidente laboral o enfermedad profesional y/o baja por depresión (despido).



Despido estando de baja por enfermedad común. El despido coloca al trabajador en situación de desempleo, por lo que debe inscribirse en el Servicio de Empleo. Continúa cobrando la prestación por incapacidad temporal hasta el límite del subsidio por desempleo mientras dure la baja médica. Los días de incapacidad temporal después del despido se restan del tiempo total de desempleo al que tenga derecho.



Baja por accidente laboral o enfermedad profesional. A diferencia del caso anterior, no sufre ningún tipo de reducción en la cuantía ni tiempo del subsidio por desempleo.



Baja por depresión (despido). La depresión se ha convertido en la segunda causa de baja laboral en España, y también de incapacidad permanente o jubilación anticipada. La baja por depresión es considerada una baja por enfermedad común.



Además, cabe indicar que tanto la duración máxima de la baja por depresión como de enfermedad común debe ser de 12 meses prorrogables y 6 meses más. Si en ese periodo el trabajador no recibe el alta, será evaluado por un tribunal médico. Si el trabajador no recibe el alta, será necesario comenzar la tramitación de la incapacidad laboral temporal o permanente.

¿Qué hacer ante un despido estando de baja?

Consejos frente un despido estando de baja?


En el caso de despido estando de baja, se presentan una serie de consejos y recomendaciones. Si no se está de acuerdo con el despido estando de baja, lo primero que hay que tener en cuenta son los plazos. 



El plazo para impugnar el despido en España es de 20 días hábiles. Una vez transcurrido ese plazo, si el trabajador se encuentra ante un despido estando de baja, este no tendrá derecho a reclamar una indemnización. El plazo empieza a contar a partir del día siguiente de la fecha de efectos del despido. Sin embargo, nada impide impugnar el despido desde el momento en que se notifica que el trabajador se le ha efectuado un despido estando de baja.



Además, notificado el despido estando de baja, se puede interponer la demanda de forma anticipada aun no habiendo llegado la fecha en que se haga efectivo. Si se produce despido estando de baja y no se ha recibido ninguna carta, se debe actuar como si se tratase de un despido verbal, siendo conveniente enviar un burofax a la empresa solicitando una explicación e indicando que en el caso de que no haya contestación, se considerará que es un despido tácito. Tanto si se ha recibido carta, burofax, como si no, el primer paso para reclamar contra el despido estando de baja es presentar una papeleta de conciliación en el mencionado plazo de 20 días.



 

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Despido estando de baja