¿Qué cubre el Consorcio de Compensación de Seguros en España?

¿Qué cubre el Consorcio de Compensación de Seguros en España?

 

El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) es un organismo público que protege a los asegurados en España frente a siniestros extraordinarios y situaciones en las que las compañías de seguros privadas no pueden responder.

En esta guía encontrarás qué cubre, cómo funciona, cómo reclamar y cuánto paga el Consorcio, con ejemplos prácticos y enlaces oficiales para que tengas toda la información clara y actualizada.

 

¿Qué es el Consorcio de Compensación de Seguros? 

El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) es una entidad pública empresarial que indemniza daños por siniestros extraordinarios (como inundaciones, terremotos, tormentas, atentados terroristas) y asume pagos cuando la aseguradora es insolvente o no existe cobertura válida. Su función es garantizar la protección de los asegurados en España.

 

¿Qué cubre exactamente el Consorcio de Seguros?

El Consorcio actúa como un “seguro de último recurso”. Sus coberturas se centran en riesgos extraordinarios y situaciones especiales.

Siniestros extraordinarios

El CCS cubre los daños causados directamente por:

  • Fenómenos naturales extraordinarios:
    • Inundaciones, lluvias torrenciales, desbordamientos de ríos y embalses.
    • Vientos y tempestades con rachas superiores a 120 km/h.
    • Maremotos, terremotos, maremotos y erupciones volcánicas.
    • Caídas de cuerpos siderales y aerolitos.
  • Hechos de violencia social o política:
    • Actos terroristas.
    • Motines y tumultos populares.

Insolvencia de la aseguradora

Cuando una compañía de seguros entra en liquidación y no puede responder a sus clientes, el Consorcio asume las indemnizaciones correspondientes.

Vehículos sin seguro aceptados

También interviene en siniestros causados por vehículos que, aun siendo obligatorios, no tienen aseguradora válida (por ejemplo, tras la quiebra de la compañía).

 

¿Qué no cubre el Consorcio?

Es importante conocer los límites:

  • Daños ordinarios que debe cubrir la póliza contratada con tu aseguradora (ejemplo: rotura de tuberías, incendios domésticos, accidentes de tráfico habituales).
  • Daños por falta de mantenimiento o negligencia del propietario.
  • Siniestros ocurridos antes de contratar la póliza.
  • Pérdidas indirectas como lucro cesante, salvo que estén expresamente incluidas.

👉 Consejo: siempre revisa tu póliza, ya que el Consorcio solo interviene en los casos excepcionales descritos en la ley.

 

¿A quién cubre y cuándo interviene?

El CCS interviene en distintos escenarios y tipos de asegurados:

  • Vehículos: indemniza tanto daños materiales como personales en accidentes causados por siniestros extraordinarios o por insolvencia de aseguradoras.
  • Viviendas y comercios: protege contra daños materiales en inmuebles.
  • Empresas e industrias: cubre maquinaria, instalaciones y pérdidas directas derivadas de fenómenos extraordinarios.
  • Responsabilidad civil: asume pagos en determinados casos de responsabilidad frente a terceros.

 

¿Cómo reclamar al Consorcio de Seguros (guía práctica)?

Reclamar al Consorcio es un proceso más sencillo de lo que parece si sigues los pasos adecuados.

Documentación necesaria

  • Póliza de seguro vigente y recibo de pago.
  • DNI/NIE del asegurado.
  • Parte de siniestro o informe policial (si aplica).
  • Fotografías de los daños y presupuestos de reparación.
  • Número de expediente (si ya has iniciado el trámite).

Pasos para reclamar

  1. Notificar el siniestro: puedes hacerlo a través de la sede electrónica del Consorcio o llamando al teléfono oficial: 900 222 665.
  2. Apertura de expediente: recibirás un número de referencia para hacer seguimiento.
  3. Peritación: un técnico del Consorcio evaluará los daños.
  4. Resolución y pago: tras la valoración, se determinará la cuantía de la indemnización y el modo de pago.

Plazos orientativos

  • El Consorcio suele resolver en un plazo de 30 a 60 días desde la peritación, aunque puede variar según la complejidad del caso.

 

¿Cuánto paga el Consorcio de Seguros?

La indemnización depende del tipo de daño y de la póliza asegurada.

Ejemplos orientativos:

Tipo de dañoEjemploIndemnización aproximada
Vivienda afectada por DANAHumedades y daños por aguaSegún presupuesto y valor asegurado
Vehículo inundadoMotor dañado por aguaValor venal o de mercado del vehículo
Comercio afectado por tormentaMaquinaria dañadaValor de reposición, descontando franquicias

👉 Ojo: el Consorcio aplica las mismas condiciones de la póliza contratada con tu aseguradora (suma asegurada, franquicias, exclusiones).

 

Preguntas frecuentes sobre el Consorcio de Seguros

📌 ¿Qué es el Consorcio en un seguro?

El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) es una entidad pública española que cubre riesgos extraordinarios y actúa como respaldo del sector asegurador.
Interviene, por ejemplo, cuando ocurren fenómenos como inundaciones, terremotos, erupciones volcánicas, terrorismo o en casos donde una compañía aseguradora está insolvente o en liquidación.
El Consorcio no es una aseguradora privada, sino un organismo público dependiente del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.

📌 ¿Quién es dueño de Consorcio Seguros?

El Consorcio de Compensación de Seguros no tiene dueño privado, porque es un ente público empresarial del Estado español.
Está regulado por ley y supervisado por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

📌 ¿Cómo puedo contactar con el Consorcio de Seguros?

Existen varias formas:

  • Teléfono general de información: 📞 900 222 665 (gratuito).
  • Centro de atención de siniestros: 📞 900 222 665 o 952 367 042.
  • Página web oficial: www.consorseguros.es.
  • También puedes contactar a través de tu propia aseguradora, que te ayuda a tramitar con el Consorcio.

📌 ¿Cuándo paga el Consorcio de Seguros?

El Consorcio paga cuando:

  1. El daño proviene de un riesgo extraordinario (ej. catástrofe natural, terrorismo, actuaciones de Fuerzas Armadas en tiempos de paz).
  2. Una compañía de seguros no puede hacerse cargo de los siniestros (ej. por insolvencia o liquidación).
  3. Tras la aceptación de la reclamación, los plazos de pago suelen ser de máximo 40 días desde la valoración del siniestro (según establece la Ley de Contrato de Seguro).

Recursos y enlaces útiles

 

El Consorcio de Compensación de Seguros es una garantía para los asegurados en España frente a siniestros extraordinarios y situaciones en las que las aseguradoras no pueden responder.

Si has sufrido un daño por inundaciones, tormentas, terremotos o insolvencia de tu aseguradora, puedes reclamar directamente al Consorcio y obtener tu indemnización en un plazo razonable.

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