¿Qué es y qué cubre el Consorcio de Compensación de Seguros en España?

¿Qué es y qué cubre el Consorcio de Compensación de Seguros en España?

 

El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) es un organismo público que protege a los asegurados en España frente a siniestros extraordinarios y situaciones en las que las compañías de seguros privadas no pueden responder.

En esta guía encontrarás qué cubre, cómo funciona, cómo reclamar y cuánto paga el Consorcio, con ejemplos prácticos y enlaces oficiales para que tengas toda la información clara y actualizada.

 

¿Qué es el Consorcio de Compensación de Seguros? 

El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) es una entidad pública empresarial que indemniza daños por siniestros extraordinarios (como inundaciones, terremotos, tormentas, atentados terroristas) y asume pagos cuando la aseguradora es insolvente o no existe cobertura válida. Su función es garantizar la protección de los asegurados en España.

 

¿Qué cubre exactamente el Consorcio de Seguros?

El Consorcio actúa como un “seguro de último recurso”. Sus coberturas se centran en riesgos extraordinarios y situaciones especiales.

Siniestros extraordinarios

El CCS cubre los daños causados directamente por:

  • Fenómenos naturales extraordinarios:
    • Inundaciones, lluvias torrenciales, desbordamientos de ríos y embalses.
    • Vientos y tempestades con rachas superiores a 120 km/h.
    • Maremotos, terremotos, maremotos y erupciones volcánicas.
    • Caídas de cuerpos siderales y aerolitos.
  • Hechos de violencia social o política:
    • Actos terroristas.
    • Motines y tumultos populares.

Insolvencia de la aseguradora

Cuando una compañía de seguros entra en liquidación y no puede responder a sus clientes, el Consorcio asume las indemnizaciones correspondientes.

Vehículos sin seguro aceptados

También interviene en siniestros causados por vehículos que, aun siendo obligatorios, no tienen aseguradora válida (por ejemplo, tras la quiebra de la compañía).

 

¿Qué no cubre el Consorcio?

Es importante conocer los límites:

  • Daños ordinarios que debe cubrir la póliza contratada con tu aseguradora (ejemplo: rotura de tuberías, incendios domésticos, accidentes de tráfico habituales).
  • Daños por falta de mantenimiento o negligencia del propietario.
  • Siniestros ocurridos antes de contratar la póliza.
  • Pérdidas indirectas como lucro cesante, salvo que estén expresamente incluidas.

👉 Consejo: siempre revisa tu póliza, ya que el Consorcio solo interviene en los casos excepcionales descritos en la ley.

 

¿A quién cubre y cuándo interviene?

El CCS interviene en distintos escenarios y tipos de asegurados:

  • Vehículos: indemniza tanto daños materiales como personales en accidentes causados por siniestros extraordinarios o por insolvencia de aseguradoras.
  • Viviendas y comercios: protege contra daños materiales en inmuebles.
  • Empresas e industrias: cubre maquinaria, instalaciones y pérdidas directas derivadas de fenómenos extraordinarios.
  • Responsabilidad civil: asume pagos en determinados casos de responsabilidad frente a terceros.

 

¿Cómo reclamar al Consorcio de Seguros (guía práctica)?

Reclamar al Consorcio es un proceso más sencillo de lo que parece si sigues los pasos adecuados.

Documentación necesaria

  • Póliza de seguro vigente y recibo de pago.
  • DNI/NIE del asegurado.
  • Parte de siniestro o informe policial (si aplica).
  • Fotografías de los daños y presupuestos de reparación.
  • Número de expediente (si ya has iniciado el trámite).

Pasos para reclamar

  1. Notificar el siniestro: puedes hacerlo a través de la sede electrónica del Consorcio o llamando al teléfono oficial: 900 222 665.
  2. Apertura de expediente: recibirás un número de referencia para hacer seguimiento.
  3. Peritación: un técnico del Consorcio evaluará los daños.
  4. Resolución y pago: tras la valoración, se determinará la cuantía de la indemnización y el modo de pago.

Plazos orientativos

  • El Consorcio suele resolver en un plazo de 30 a 60 días desde la peritación, aunque puede variar según la complejidad del caso.

 

¿Cuánto paga el Consorcio de Seguros?

La indemnización depende del tipo de daño y de la póliza asegurada.

Ejemplos orientativos:

Tipo de dañoEjemploIndemnización aproximada
Vivienda afectada por DANAHumedades y daños por aguaSegún presupuesto y valor asegurado
Vehículo inundadoMotor dañado por aguaValor venal o de mercado del vehículo
Comercio afectado por tormentaMaquinaria dañadaValor de reposición, descontando franquicias

👉 Ojo: el Consorcio aplica las mismas condiciones de la póliza contratada con tu aseguradora (suma asegurada, franquicias, exclusiones).

 

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Preguntas frecuentes sobre el Consorcio de Seguros

1. ¿Qué es un Consorcio de Seguros?

El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) es una entidad pública empresarial española adscrita al Ministerio de Economía. Funciona como un "seguro de los seguros". Su función principal es cubrir riesgos que las compañías de seguros privadas no cubren (generalmente catástrofes) o actuar como fondo de garantía cuando no hay un seguro privado que responda.

2. ¿Qué te paga el Consorcio de Seguros?

El Consorcio interviene e indemniza principalmente en tres situaciones:

  • Riesgos Extraordinarios (Desastres Naturales): Paga los daños causados por fenómenos de la naturaleza poco frecuentes y muy destructivos, como inundaciones extraordinarias, terremotos, maremotos, erupciones volcánicas y tempestades ciclónicas atípicas (vientos con rachas superiores a 120 km/h y tornados).
  • Hechos Violentos: Cubre daños por terrorismo, rebelión, sedición, motín y tumulto popular, así como hechos o actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempo de paz.
  • Falta de Seguro Privado (Automóviles):
    • Si tienes un accidente y el vehículo culpable no tiene seguro, es robado o es desconocido (se da a la fuga y hay daños personales importantes).
    • Si la compañía aseguradora del culpable se declara en quiebra o liquidación.

 

Nota importante: Para que el Consorcio te cubra un desastre natural (como una inundación), tú debes tener contratada y al día una póliza de seguro de bienes o personas (hogar, coche, vida, etc.) con alguna compañía privada. Si no tienes seguro, el Consorcio no te cubre.

3. ¿Cómo ponerse en contacto con el Consorcio de Seguros?

Puedes reclamar o contactar directamente sin necesidad de intermediarios, aunque a veces tu propia aseguradora puede gestionarlo por ti.

  • Página Web: A través de la web oficial consorseguros.es. Es la vía más rápida para presentar solicitudes de indemnización online.
  • Teléfono de atención: El teléfono de atención al asegurado es el 900 222 665 (o +34 91 339 55 00).
  • Correo/Oficinas: Tienen delegaciones regionales, pero la gestión telefónica y online es la prioritaria.

4. ¿Cuánto tarda el Consorcio de Seguros en pagar?

No hay una fecha fija exacta, pero existen plazos legales y promedios habituales:

  • Plazo Legal: La ley establece que el Consorcio debe efectuar el pago de la indemnización (o al menos un pago mínimo a cuenta si el peritaje no ha finalizado) en un plazo máximo de 3 meses desde que reciben la reclamación. Si tardan más, deben pagar intereses de demora.
  • Tiempo Promedio Real: En la práctica, si la documentación está correcta y el siniestro es claro, suelen ser bastante ágiles. El promedio suele rondar los 40 días para realizar el pago tras la peritación.

El Consorcio de Compensación de Seguros es una garantía para los asegurados en España frente a siniestros extraordinarios y situaciones en las que las aseguradoras no pueden responder.

Si has sufrido un daño por inundaciones, tormentas, terremotos o insolvencia de tu aseguradora, puedes reclamar directamente al Consorcio y obtener tu indemnización en un plazo razonable.

 

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