Límites de velocidad en España: guía definitiva para evitar multas y accidentes

Circular por las carreteras españolas requiere algo más que pericia al volante; exige un conocimiento técnico y actualizado de la normativa vigente. El exceso de velocidad no es solo la causa de miles de sanciones administrativas cada año, sino que representa uno de los factores de riesgo más determinantes en la siniestralidad vial. En Calculatuindemnización, como especialistas en la defensa de las víctimas de tráfico, entendemos que la prevención es la mejor herramienta legal, pero también sabemos que, ante un imprevisto, la precisión técnica es la que garantiza sus derechos.
Límites de velocidad en vías urbanas: la nueva realidad de las ciudades
Desde la última reforma del Reglamento General de Circulación, la fisonomía de nuestras ciudades ha cambiado. La neurociencia aplicada a la seguridad vial demuestra que reducir la velocidad en entornos urbanos disminuye drásticamente el tiempo de reacción y la gravedad de las lesiones en caso de atropello.
Actualmente, los límites genéricos en poblado se estructuran de la siguiente forma:
- 20 km/h: En vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera (calles donde peatones y vehículos comparten el mismo nivel).
- 30 km/h: En vías de un único carril por sentido de circulación. Este es el estándar en la mayoría de los centros urbanos para proteger a los colectivos vulnerables.
- 50 km/h: En vías de dos o más carriles por sentido de circulación.
Es fundamental recordar que las autoridades municipales tienen la potestad de reducir estos límites mediante señalización específica, por lo que la observación activa es una obligación ineludible para cualquier consultor o conductor responsable.
Velocidad en carreteras interurbanas y autopistas
Fuera de los núcleos urbanos, la normativa técnica distingue los límites según la infraestructura y el tipo de vehículo. La gestión de la energía cinética en un impacto a altas velocidades es el desafío principal de los ingenieros de tráfico y, por ende, de nuestros peritos judiciales.
Autopistas y autovías
El límite máximo permitido para turismos y motocicletas es de 120 km/h. Sin embargo, este límite desciende según el vehículo:
- Autobuses y vehículos mixtos adaptados: 100 km/h.
- Camiones, furgones y vehículos articulados: 90 km/h.
Carreteras convencionales
En estas vías, donde la ausencia de separación física entre sentidos aumenta el riesgo de colisión frontal, el límite genérico para turismos y motos es de 90 km/h. Cabe destacar que ya no se permite superar este límite en 20 km/h para realizar adelantamientos, una medida orientada a simplificar la toma de decisiones del conductor y reducir situaciones de riesgo.
Tabla de multas y sanciones por exceso de velocidad
El sistema sancionador de la DGT no es meramente recaudatorio; es un mecanismo de refuerzo de la conducta legal. Las infracciones se clasifican en graves y muy graves, con multas económicas que oscilan entre los 100 y los 600 euros, además de la pérdida de hasta 6 puntos del carné.
Superar los límites de velocidad de forma desproporcionada puede incluso derivar en responsabilidades penales. Según el Código Penal, conducir a una velocidad superior en 60 km/h en vía urbana o en 80 km/h en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, se considera un delito contra la seguridad vial.




