El daño moral es aquel extrapatrimonial que afecta a algún elemento de la personalidad, como puede ser el honor, la dignidad, la propia imagen, u otros más abstractos como la pena, el miedo, la tristeza, el asco, la zozobra, la inquietud.
Así, la indemnización por daños morales y psicológicos se reclama junto a los daños patrimoniales de los cuales deriva y tienen cabida tanto en supuestos de responsabilidad contractual como extracontractual o negligente.
Además, cabe indicar que en España no todas las consecuencias psicológicas se reparan mediante una indemnización por daños morales y psicológicos, sino que deben alcanzar cierta gravedad y ser valoradas por un médico perito.
Para poder realizar el cálculo de indemnización por daños morales, es necesario indicar que los perjuicios psicológicos se dividen en seis tipos. A continuación, se detallan en qué consisten y cuáles son las cuantías mínimas y máximas de indemnización por daños morales en cada caso.
Tabla de indemnizaciones por daños morales.
En referencia a la indemnización por daños morales complementarios por perjuicio psicofísico, esta se efectúa dentro de una horquilla, con una cantidad máxima y otra mínima. Para el cálculo de indemnización por daños morales ponderan dos factores, la extensión o intensidad del perjuicio y la edad del lesionado.
Según regula el artículo 105 de la Ley 35/2015, la indemnización por daños morales se aplica para los casos en que una sola secuela moral alcance al menos 60 puntos, o bien, el resultado de varias secuelas morales, tras aplicar la fórmula Balthazar prevista en el artículo 98, alcance al menos 80 puntos. Esta fórmula es la siguiente:
[[(100 – M) x m] / 100] + M
Donde “M” es la puntuación de la secuela mayor y “m” la puntuación de la secuela menor.
Los criterios o parámetros para cuantificar la indemnización por daños morales por perjuicio psicofísico son la intensidad del perjuicio y la edad del lesionado. Así, la indemnización por daños morales de este perjuicio se cuantifica desde 19.200 € hasta 96.000 €.
En concepto de perjuicio estético, corresponde una indemnización por daños morales cuando se asigna una puntuación superior a 36 puntos.
El cálculo de indemnización por daños morales también se realiza dentro de una horquilla con una cantidad máxima y una mínima. Asimismo, los criterios o parámetros para cuantificar la indemnización por daños morales por perjuicio estético son la intensidad del perjuicio y la edad del lesionado.
Así, la indemnización por daños morales de este perjuicio se cuantifica desde 10.114,06 € hasta 50.570,28 €.
La indemnización por daños morales por pérdida de calidad de la vida ocasionada por las secuelas tiene por objeto compensar el perjuicio moral particular que sufre la víctima por las secuelas que impiden o limitan su autonomía personal para realizar las actividades esenciales en el desarrollo de la vida ordinaria o su desarrollo personal mediante actividades específicas. Así, para establecer el cálculo de indemnización por daños morales de este perjuicio se debe clasificar en cuatro tipos:
El lesionado pierde su autonomía personal para realizar la casi totalidad de actividades esenciales en el desarrollo de la vida ordinaria. En este caso, la indemnización por daños morales va de 94.819,28 € a 158.032,13 €.
El lesionado pierde su autonomía personal para realizar algunas de las actividades esenciales en el desarrollo de la vida ordinaria o la mayor parte de sus actividades específicas de desarrollo personal. En este caso, la indemnización por daños morales va de 42.141,90 € a 105.354,75 €.
El lesionado pierde la posibilidad de llevar a cabo una parte relevante de sus actividades específicas de desarrollo personal. En este caso, la indemnización por daños morales va de 10.535,48 € a 52.677,38 €.
El lesionado con secuelas de más de seis puntos pierde la posibilidad de llevar a cabo actividades específicas que tengan especial trascendencia en su desarrollo personal. En este caso, la indemnización por daños morales va de 1.580,32 € a 15.803,21 €.
La indemnización por daños morales por pérdida de calidad de la vida de familiares de grandes lesionados compensa la alteración que causa en sus vidas la prestación de cuidados de dichos lesionados cuando han perdido la autonomía personal para realizar casi la totalidad de actividades esenciales en el desarrollo de la vida ordinaria.
Así, el cálculo de indemnización por daños morales se realiza dentro de una horquilla con una cantidad máxima y una mínima y los parámetros para tener en cuenta para fijar su importe son la dedicación que tales cuidados o atención familiares requieren, la alteración que producen en la vida del familiar y la edad del lesionado.
Además, la legitimación para reclamar el cálculo de indemnización por daños morales de este perjuicio se atribuye en exclusiva al lesionado, quien deberá destinar la indemnización a compensar los perjuicios sufridos por los familiares afectados. Así, la indemnización por daños morales de este perjuicio se cuantifica desde 31.606,43 € a 152.764,39 €.
La indemnización por daños morales por pérdida de feto a consecuencia del accidente es un perjuicio que se indemniza mediante una cantidad fija. Es decir, no se debe realizar un cálculo de indemnización por daños morales en estos supuestos.
Si la pérdida del feto tuvo lugar en las primeras 12 semanas de gestación, la indemnización por daños morales es de 15.803,21 €, mientras que si tuvo lugar a partir de las 12 semanas de gestación es de 31.606,43 €.
Cabe indicar que, en estos casos, la indemnización por daños morales corresponde a la mujer embarazada que sufre la pérdida del feto.
También, es necesario señalar que cuando se hace referencia a las indemnizaciones por daños morales tras un accidente de tráfico, pueden darse algunos casos en que no encajen en ninguna de las anteriores clasificaciones.
Para ello, se contempla el perjuicio excepcional, aunque solo se aplica en supuestos de fallecimiento de la víctima o en caso de secuelas graves, excluyéndose en el caso de las lesiones temporales y los perjuicios patrimoniales.
El cálculo de indemnización por daños morales de este perjuicio se cuantifica hasta el límite máximo de un incremento del 25% sobre la indemnización por perjuicio personal básico.
Recapitulando, los daños morales son aquellos daños que afectan al honor, la imagen o la dignidad, así como los sentimientos de pena o miedo que se generan después del accidente y por ello corresponde una indemnización.
El cálculo de los daños morales es importante tener en cuenta que se dividen en diferentes tipos, porque cada tipo de daño es diferente y por ello debemos tener en cuenta cual es el nuestro, para hacer un cálculo correcto de la indemnización por daños morales.
En caso de que hayamos tenido un accidente y queramos saber que indemnización por daños morales nos toca lo más importante es que contactemos con un abogado especialista en tráfico, para que nos gestiona nuestro caso de manera profesional, como el que ofrecemos en Calculatuindemnizacion.